La línea COVID para autónomos y pymes amplía su plazo hasta el 18 de noviembre de 2021

El pasado 18 de octubre se publicaba en el BOE un EXTRACTO del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 22 de septiembre de 2021, por el que se modifica el Acuerdo de 28 de abril de 2021, por el que se convoca la Línea COVID complementaria de ayudas directas a autónomos y empresas financiada por la Comunidad de Madrid.

En el texto normativo se incluyen nuevos gastos subvencionables, adicionando la posibilidad de compensar los costes fijos incurridos, siempre y cuando estos se hayan generado entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.

Asimismo, se establece un nuevo plazo de presentación de solicitudes para la obtención de las ayudas previstas que se prolonga hasta un mes después de su publicación en el BOE, es decir, hasta el 18 de noviembre de 2021:

1º. Las ayudas deberán aplicarse a satisfacer la deuda y a realizar pagos a proveedores y otros acreedores no financieros, por orden de antigüedad.

2º. Si procede, se reducirá la deuda con acreedores financieros, primando la reducción de la deuda con aval público.

3º. Se podrán compensar los costes fijos incurridos siempre y cuando éstos se hayan generado entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021. Se incluyen las pérdidas contables propias de la actividad empresarial que no hayan sido ya cubiertas con estas u otras ayudas.

Se amplía la ayuda para que la cuantía inferior no sea inferior a 4.000 euros.

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