La fecha en la que se inicia el periodo de garantía es el día en el que se emite la factura al cliente final

La nueva Ley General de Consumidores y Usuarios, que entró en vigor el 1 de enero de este año, supone cambios importantes que deben ser tenidos en cuenta por los instaladores de equipos HVAC. La principal novedad es que el periodo de la garantía para todos los sistemas de climatización aumenta un año, es decir, pasa de los dos actuales hasta los tres.

Sin embargo, todavía surgen dudas entre los profesionales en aspectos cómo el momento concreto en que se inicia el periodo de garantía, quién es el responsable ante cualquier incidencia, el plazo para disponer de las piezas de repuesto o para reclamar las faltas de conformidad, entre otros.

De hecho, la red social Linkedin ha sido esta semana escenario improvisado de debate entre varios instaladores que se preguntaban por el momento del inicio de la garantía de los equipos. ¿Comienza a contar la fecha en la que el producto se vende al consumidor final o en el momento en que se emite la factura del distribuidor al instalador? Este medio se ha puesto en contacto con CNI para aclarar todas estas cuestiones.

Las respuestas de CNI

Su directora, Blanca Gómez, ha confirmado a Cuadernos de Climatización y Confort que la fecha en la que se inicia el periodo de garantía es el día en el que se emite la factura al cliente final. Además, destaca que el instalador “es siempre el responsable de la garantía y ante cualquier incidencia tiene que encargarse de hablar con el fabricante para gestionar la reparación y sustitución”.

Además, ha subrayado la importancia de que el profesional lleve a cabo no solo la instalación, sino también la puesta en marcha y “entregue al usuario el libro de instalación”, donde se recogen todas las condiciones del mantenimiento de la garantía del equipo. “Es algo fundamental para que todo quede recogido y no siempre se hace”, señala la directora de CNI.

El consultor de Desarrollo de Negocios de Aspen Pumps Group, Eduardo García, también respalda la opinión de la directora de CNI a través de la red social Linkedin. “En los bienes de consumo la garantía es responsabilidad del vendedor y la fecha válida para cualquier reclamación es el día de la factura que se hace al cliente”, expone.

Más novedades de la garantía

Entre otras novedades que entraron en vigor con la nueva Ley General de Consumidores y Usuarios, y que afectan a los profesionales del sector de la climatización podemos destacar las siguientes:

• El plazo para disponer de las piezas de repuesto desde que el producto deja de fabricarse pasa de 5 a 10 años.

• El plazo para reclamar las faltas de conformidad con el producto se amplía de 3 a 5 años.

• Carga de la prueba para demostrar la falta de conformidad: pasa de seis meses a dos años.

Esta última novedad -matizan desde la Confederación Nacional de Instaladores y Mantenedores- “es importante porque actualmente es el consumidor quien tiene que demostrar la falta de conformidad del producto si el problema se produce a partir de los seis meses posteriores a la compra“.

Fuente: Cuadernos de Climatización y Confort

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