El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado la nueva ordenanza de movilidad para la capital de España, que suprime la anterior.
Estas son algunas de las claves de esta nueva normativa municipal:
- Madrid Central seguirá siendo Madrid Central, pero se borrará de las calles los logotipos y las marquesinas que llevan ese nombre. La restricción al tráfico en la almendra central de la capital de España permanecerá tal y como estaba anteriormente. Ni un milímetro más, ni un milímetro menos. Tras la aprobación de esta nueva ordenanza de movilidad, se denominará a estos 4,7 kilómetros del centro de la capital Distrito Centro. El laberinto político y jurídico de Almeida para sacar adelante su alternativa a Madrid Central.
- Con Madrid Central, los comerciantes de la zona centro que tenían coches sin etiqueta medioambiental ―conocidos como vehículos A― tenían prohibido el acceso. El área de movilidad del Ayuntamiento cree que esta medida afectaba a unos 15.000 usuarios. Pues bien, con la nueva ordenanza, ahora entrarán más vehículos que antes porque estos ciudadanos sí podrán acceder a la zona baja de emisiones con hasta tres vehículos por local, independientemente de la etiqueta tengan.
- Aquellos camiones que pesen más de 3,5 toneladas, que tenían prohibido circular desde el 1 de enero de 2022 y ahora esta prohibición se prorroga un año más, hasta el 1 de enero de 2023.
- También se aumenta de 30 a 45 minutos el tiempo para las reservas de carga y descarga de cualquier vehículo de mercancías.
- Otro punto que varía es el estacionamiento de las motos. Se deberá aparcar siempre en las zonas habilitadas para este tipo de vehículos. ¿Y si no existen? En el espacio no reservado de la banda de estacionamiento, en forma oblicua a la línea de acera y ocupando un máximo de dos metros, de forma que no se impida el acceso a otros vehículos o el paso desde la acera a la calzada.
- La zona de Plaza Elíptica y la velocidad: esta área, 15 veces más pequeña que Distrito Centro, también tendrá una zona baja emisiones. Las 17 calles que engloban este rincón del sur de Madrid, y uno de los más contaminantes, tendrá restringido el acceso a los vehículos que no tengan etiqueta tres meses después de la publicación de la ordenanza en el BOAM. Es decir, ya en diciembre. Desde ese momento, los agentes movilidad podrán sancionar a los vehículos. Los residentes podrán circular sin restricciones en las 30 hectáreas afectadas (0,3 kilómetros cuadrados).
- La nueva ordenanza también incluye rebajar a 20 km/h la velocidad de los vehículos en entornos escolares. Esto solo afectará durante los tramos de siete a nueve de la mañana y de tres y cinco de la tarde. Por otro lado, en aquellas calles de sentido único se deberá circular a 20 km/h siempre y cuando haya bolardos en las aceras. De lo contrario, a 15 km/h.
Otras cuestiones:
¿Cuándo entra en vigor?
Una vez que se publique en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM). Esto es entre esta y la próxima semana. A partir de entonces entran a funcionar todas las medidas, a excepción de tres que deben pasar por un estudio de demanda: las plazas de alta rotación dedicadas a sanitarios y otros servicios esenciales, la tarifa dinámica del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER)- será más caro el parquímetro cuanto más contaminación haya- y la carga y descarga inteligente.
¿Cuándo comienzan las multas en esta zona Centro?
El Ayuntamiento establece un periodo informativo de dos meses. Es decir, hasta mediados de noviembre las cámaras no sancionarán. Captarán las matrículas para que, en caso de saltarse la ley, enviar una carta al domicilio para alertar de los cambios en la normativa. Eso sí, los agentes de movilidad podrán sancionar in situ. La multa continúa siendo de 90 euros.
¿Cómo sé qué etiqueta tiene mi coche?
El sistema de etiquetas medioambientales es nacional. Existen cinco categorías y solo las cuatro más limpias llevan distintivos. Para conocer la categoría ambiental de un vehículo se puede consultar en la web de la DGT (www.dgt.es). Los coches de gasolina matriculados antes de 2000 y diésel anteriores a 2006 carecen de etiqueta y se les denomina A. La etiqueta B se corresponde con coches de gasolina de entre 2000 y 2006 y diésel de 2006 a 2013. La C, de gasolina posteriores a 2006 y de gasóleo posteriores a 2014. Eco: los híbridos en general. Cero: los eléctricos o los híbridos con una autonomía de más de 40 kilómetros. La pegatina debe ir siempre en la luna delantera.
¿Qué tengo que saber si mi coche es A?
Que tiene los días contados. Si vive fuera de Madrid, a partir del 1 de enero 2022 también tendrá prohibido el acceso y la circulación dentro de la M-30. Ya en 2023, estos mismos coches de aquellos ciudadanos que no vivan en Madrid tampoco podrán circular por la M-30. Y en enero de 2024 ningún vehículo A de fuera de Madrid podrá circular por todo el término municipal. La medida cambia de golpe en 2025 y sí afecta a los madrileños. Aquellos vecinos de Madrid que tengan coches que sean de distintivo A y, por tanto, no pueden tener pegatinas medioambientales, no podrán circular por la ciudad con estos coches.
Tengo un amigo que vive en Distrito Centro, ¿me puede invitar a visitarle en coche?
Sí, la normativa seguirá exactamente igual que antes. Los residentes que vivan en la zona centro tendrán hasta 20 invitaciones al mes para vehículos, que podrán acceder a Madrid Central para estacionar en la calle durante dos horas como máximo (o sin límite en el garaje de cualquier pariente cercano). Eso sí, no se podrá dar acceso a aquellos vehículos que no tengan etiqueta medioambiental. El resto será autorizado sin ningún tipo de problema.
¿Cómo se solicitan las invitaciones?
Igual que antes. Solicitar invitaciones para Distrito Centro es un proceso que conlleva dos pasos: en primer lugar, hay que acercarse a una oficina municipal —hay, por ejemplo, en Atocha, 70; Moncloa, 1; Paseo de la Chopera, 10 y Monte Oliveti, 14— con el DNI para que un funcionario compruebe que la persona está empadronada en el área que se incluye en Distrito Centro. Una vez hecho esto, el Ayuntamiento da a la persona un código de identificación. Este código es el que sirve para invitar hasta a 20 personas motorizadas al mes. Este trámite se puede hacer, bien por teléfono (llamando al 010), o bien a través de la web municipal. Una vez que accedan, los invitados podrán luego aparcar dos horas en la zona SER o bien todo el día en un aparcamiento público. En cualquier caso, los vehículos invitados sin etiqueta ambiental no podrán entrar.
Con información de El País y 20 Minutos.