Documentación sobre los trámites de registro de nuevas instalaciones (EICI), según el Reglamento Técnico de Instalaciones Térmicas RD 1027/2007

Se inicia el departamento de registro y consulta para instalaciones térmicas en los edificios, en todas sus variantes. Actualmente, con la entrada en vigor del RSIF RD 552/2019, Reglamento de Seguridad en Instalaciones Frigoríficas, se amplían y modifican los modelos de registro de las instalaciones con circuitos frigoríficos.

Tipo de trámites:

Las instalaciones RITE se separan en tres grupos de tramitación:

  • Instalaciones inferiores a 5 kW: no es necesario la presentación de documentación acreditativa ante el Organismo Territorial Competente.
  • Instalaciones comprendidas entre 5 y 70 kW: tramitación mediante proyecto o memoria técnica firmada por instalador habilitado o técnico titulado competente.
  • Instalaciones de 70 kW o superior: tramitación mediante proyecto, firmado por técnico titulado competente.

Modelos para tramitación EICI con memoria:

  • Modelo 3.1.5: SOLICITUD DE REGISTRO Y MEMORIA TÉCNICA DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN EDIFICIOS QUE NO REQUIEREN PROYECTO.
  • Modelo 3.1.8: CERTIFICADO DE INSTALACIÓN (una vez realizado el trámite de registro ante el organismo territorial competente y habiendo realizado la inspección correspondiente, si le aplica, y con resultado favorable, el instalador deberá notificar a la EICI por correo electrónico la fecha en la que va a realizar las pruebas finales y las pruebas de eficiencia energética de la instalación con al menos 48 horas de antelación, para que la EICI pueda notificar esa fecha a la DGIEM).
  • Porcentaje de inspecciones: 5 %

Modelos para tramitación EICI con proyecto:

  • Modelo 3.1.9: SOLICITUD DE REGISTRO DE INSTALACIÓN TÉRMICA EN EDIFICIO.
  • Modelo 3.1.6: CERTIFICADO DE MONTAJE DE LA INSTALACIÓN.
  • Modelo 3.1.7: CERTIFICADO DE INSTALACIÓN (una vez realizado el trámite de registro ante el organismo territorial competente y habiendo realizado la inspección correspondiente y con resultado favorable, el instalador deberá notificar a la EICI por correo electrónico la fecha en la que va a realizar las pruebas finales y las pruebas de eficiencia energética de la instalación con al menos 48 horas de antelación, para que la EICI pueda notificar esa fecha a la DGIEM).
  • Porcentaje con inspección: 100%

RD 552/2019: Reglamento de Seguridad en Instalaciones Frigoríficas

Tipo de trámites:

Instalaciones Frigoríficas que no necesitan registro ante el organismo territorial competentesistemas de refrigeración compactos (sistemas de acondicionamiento de aire portátiles, frigoríficos y congeladores domésticos, etc.) con carga de refrigerante inferior a:

  • 2,5 kg de refrigerante del grupo L1.
  • 0,5 kg de refrigerante del grupo L2. Para los refrigerantes de la clase A2L, será el resultado de aplicar el factor 1,5 a m1 [m1=LIIx4m3 ] 1 .
  • 0,5 kg de refrigerante del grupo L3.

Instalaciones Nivel 1: Instalaciones formadas por uno o varios sistemas frigoríficos independientes entre sí con una potencia eléctrica instalada en los compresores por cada sistema inferior o igual a 30 kW siempre que la suma total de las potencias eléctricas instaladas en los compresores frigoríficos, de todos los sistemas, no exceda de 100 kW, o por equipos o sistemas compactos de cualquier potencia, con condensador incorporado (no remoto), siempre que se trate de unidades enfriadoras de agua, de fluidos secundarios, bombas de calor, o que formen parte de las mismas y que en ambos casos utilicen refrigerantes de alta seguridad (L1), y que no refrigeren cámaras de atmósfera artificial de cualquier volumen, o conjuntos de las mismas.

Instalaciones Nivel 2: Instalaciones formadas por uno o varios sistemas frigoríficos independientes entre sí con una potencia eléctrica instalada en los compresores superior a 30 kW en alguno de los sistemas, o que la suma total de las potencias eléctricas instaladas en los compresores frigoríficos exceda de 100 kW, o que enfríen cámaras de atmósfera artificial, o que utilicen refrigerantes de media y baja seguridad (L2 y L3).

Documentación complementaria para el trámite RITE, para instalaciones con circuitos frigoríficos:

Instalaciones Nivel 1 o Nivel 2, sin proyecto:

  • Modelo IF 1.9.0.F2 SOLICITUD DE REGISTRO y MEMORIA TÉCNICA INSTALACIONES FRIGORÍFICAS.
  • Modelo según IF-10 del RD 552/2019 CERTIFICADO DE INSTALACIÓN.

Instalaciones Nivel 2, con proyecto:

  • Modelo IF 1.9.0.F1 SOLICITUD DE REGISTRO DE INSTALACIONES FRIGORÍFICAS.
  • Modelo según IF-10 del RD 552/2019 CERTIFICADO DE DIRECCIÓN DE OBRA.
  • Modelo según IF-10 del RD 552/2019 CERTIFICADO DE INSTALACIÓN.

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