Recientemente, teníamos conocimiento en APIEM de un procedimiento poco habitual por parte de una compañía distribuidora y que ha dejado en una situación “difícil” al instalador eléctrico.
En concreto, una compañía distribuidora ha solicitado al instalador la emisión de un informe técnico tras su actuación y posterior legalización del desarrollo de los trabajos acometidos en la instalación eléctrica de una vivienda donde, al parecer, existe una discrepancia de consumos entre la compañía y el propietario del inmueble.
La emisión del informe técnico, que se pretende solicitar al instalador, aparentemente cumple con el objetivo de la compañía de verificar su postura respecto al propietario (y cliente del instalador) en dicha discrepancia; lo que entendemos puede exceder de las atribuciones del instalador, más allá de lo que establece el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.
En situaciones de este estilo, desde APIEM, recomendamos al instalador que se ciña a emitir la documentación legal pertinente en este caso el CRIE: Certificado de Reconocimiento de Instalación Eléctrica BT) junto con el presupuesto inicial de contratación, la correspondiente factura con los trabajos efectuados y el boletín que acredita la correcta legalización de dicha instalación en cumplimiento de la normativa vigente.