Publicada la orden que convoca las ayudas a actuaciones integrales del PERTE del vehículo eléctrico y conectado

El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Orden ICT/209/2022, de 17 de marzo, por la que se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2022, y se modifica la Orden ICT/1466/2021, de 23 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones integrales de la cadena industrial del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE VEC), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Las modificaciones realizadas a la Orden ICT/1466/2021 afectan a:

•      Artículo 10. Conceptos de gasto financiable, en su apartado 2.b).

•      Artículo 14. Régimen de concesión y características de la ayuda, en sus apartados 4 y 5.

•      Artículo 16. Límites e intensidades máximas de ayuda., en su apartado 5.j).

•      Artículo 18. Régimen de garantías, en su apartado 1.

•      Artículo 25. Criterios de evaluación de las solicitudes, en su apartado 4, modificándose el criterio F de evaluación del proyecto tractor.

•      Artículo 26. Comisión de evaluación, añadiéndose un nuevo apartado, que indica que, en caso de que el beneficio de las pymes no alcanzase el 30% del total de la ayuda concedida, se aplicará un reintegro a las grandes empresas de la cuantía correspondiente hasta alcanzar ese umbral del 30%, según lo establecido en el artículo 16.5.j).

•      Apartado A.1 del Anexo IV, en su punto F).

Régimen de concesión: Concurrencia competitiva.

Forma de las ayudas: Préstamos, subvenciones o combinación de ambos, según las convocatorias, de carácter plurianual.

Beneficiarios: Se podrán beneficiar agrupaciones sin personalidad jurídica propia que hayan establecido con anterioridad un acuerdo de agrupación y cumplan los requisitos establecidos y que:

•      Estará organizada en torno al sector automoción.

•      Integrada por un mínimo de 5 entidades que no pertenezcan al mismo grupo empresarial.

•      Al menos una de las entidades pertenecerá al CNAE 291 (Fabricación de vehículos de motor), y otra pertenecerá al CNAE 293 (Fabricación de componentes, piezas y accesorios para vehículos de motor).

•      Al menos un 40% de los integrantes de la agrupación serán pymes.

•      Al menos contará con un proveedor de tecnología y/o conocimiento capaz, técnica y organizativamente de realizar las actividades de I+D+i del proyecto tractor.

•      Deben tener implantación geográfica en al menos dos comunidades autónomas.

Líneas de actuación: Dentro de un proyecto tractor podrán recibir ayuda los proyectos primarios enmarcados en las líneas de actuación:

•      Línea de investigación, desarrollo e innovación:

•      Proyectos de investigación industrial.

•      Proyectos de desarrollo experimental.

•      Proyectos de innovación en materia de organización.

•      Proyectos de innovación en materia de procesos.

•      Estudios de viabilidad previos a la labor de investigación industrial.

•      Línea de innovación en sostenibilidad y eficiencia energética:

•      Inversiones con carácter innovador destinadas a la protección del medio ambiente que cumplan al menos una de las siguientes condiciones:

•      Que permitan a la entidad incrementar el nivel de protección del medio ambiente derivado de sus actividades superando las normas de la Unión Europea, independientemente de la existencia de normas nacionales obligatorias más estrictas que las de la Unión.

•      Que permitan a la entidad incrementar el nivel de protección del medio ambiente derivado de sus actividades en ausencia de normas de la Unión Europea.

•      Inversiones con carácter innovador en medidas de ahorro energético o eficiencia energética.

•      Línea de ayudas regionales a la inversión.

Ámbito de aplicación: Todo el estado, a excepción de los proyectos de la línea 3 (ayudas regionales a la inversión).

Ámbito temporal: La orden realiza la convocatoria anual correspondiente a 2022 de las ayudas.

Plazo de realización de las actuaciones: Se podrán financiar gastos e inversiones realizadas desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta treinta meses tras la fecha de resolución de la concesión, o el 30 de septiembre de 2025, lo que tenga lugar antes.

Efecto incentivador: Las ayudas sólo serán aplicables si tienen efecto incentivador sobre la actividad de la empresa objeto de la ayuda, para lo que la agrupación solicitante debe presentar la solicitud de ayuda antes del inicio de los trabajos del proyecto tractor.

Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación comenzará desde el día 1 de abril de 2022 y finalizará el día 3 de mayo de 2022.

La presentación de solicitudes se realizará siguiendo las instrucciones y formularios indicados en la Guía de Solicitud que se encontrará disponible en el Portal de Ayudas y exclusivamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Fuente: AECIM

 

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