El voto por mayoría simple de los propietarios, suficiente para acometer obras de eficiencia energética o energías renovables del edificio

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Este Decreto modifica la Ley de Propiedad Horizontal 49/1960, de 21 de julio, la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana -Real Decreto Legislativo 7/2015.

Entre estas medidas, se declaran exentos los importes percibidos por algunas ayudas, entre otras, las de eficiencia energética, por lo que las subvenciones que se concedan a las comunidades de propietarios no se considerarán como renta a efectos impositivos.

Cambios en la Ley de Propiedad Horizontal

Otra de las medidas contempladas en el Real Decreto es la flexibilización en la adopción de acuerdos en las comunidades de propietarios. Para la realización de las obras de rehabilitación para la mejora de la eficiencia energética del edificio o la implantación de fuentes de energía renovable, será suficiente el voto por mayoría simple de los propietarios. La misma mayoría será necesaria para solicitar las ayudas y formas de financiación para tales obras.

“Esta nueva modificación de parte del articulado de la Ley de Propiedad Horizontal facilitará la toma de decisiones para rehabilitar el parque residencial, pero es necesario una nueva Ley que resuelva los problemas actuales y de futuro de las comunidades de propietarios, que simplifique el régimen de adopción de acuerdos y contribuya a mejorar la convivencia entre los vecinos”, señala Isabel Bajo, presidenta del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid.

Asimismo, los administradores de fincas colegiados siempre han planteado la necesidad de establecer deducciones fiscales como una buena forma de incentivar las obras de rehabilitación.

La norma recoge tres tipos de deducciones (del 20%, del 40% y del 60%) en el IRPF y en el Impuesto de Sociedades. EL CGCAFE considera positivas las medidas fiscales que se establecen y que recogen algunas de las propuestas realizadas por los administradores de fincas colegiados, que entienden que estas deducciones serán muy efectivas para que las comunidades de propietarios aprueben obras de rehabilitación energética.

Fuente: CAF Madrid

Loading

¿Qué te ha parecido este contenido?

¡Haz clic en una estrella para puntuarlo!

Promedio de puntuación 0 / 5. Recuento de votos: 0

Hasta ahora, no hay votos. ¡Sé el primero en puntuar este contenido!

Compartir esta noticia

LO ÚLTIMO EN APIEM