Los autónomos societarios, entre otros, deberán enviar sus datos a la Seguridad Social antes de octubre

Los autónomos societarios, colaboradores familiares, los que tengan obligación de colegiación, los económicamente dependientes y otros colectivos deberán comunicar ciertos datos sobre su actividad a la Seguridad Social antes del próximo 31 de octubre. Se trata de un asunto importante debido a que, según explicaron los expertos a este diario, no hacerlo podría conllevar sanciones, incluso aunque la Tesorería ya cuente con dicha información.

Así, antes del próximo 31 de octubre, una importante cantidad de autónomos -o sus gestores y graduados sociales- deberán enviar a la Seguridad Social información como la razón social, su porcentaje de participación en el negocio, el colegio profesional al que pertenecen o el NIF y datos personales de los colaboradores que tengan a su cargo, entre otros.

La Ley no obliga a los autónomos a comunicar sus ingresos reales aunque Seguridad Social “lo insinúe”

Según valoraron los gestores y graduados sociales a este diario, esta obligación responde a la necesidad de la Seguridad Social de recopilar estos datos de determinados autónomos a la hora de calcular la base reguladora que marca el nuevo sistema de cotización por ingresos reales de los trabajadores por cuenta propia.

Sin embargo, según confirmaron, en la mayoría de los casos la Tesorería ya cuenta con la información que ahora obligan a aportar de nuevo. Ante esta situación, los gestores y graduados sociales podrían verse desbordados ante la “nueva traba burocrática”, y en muchos casos se verán obligados a realizar estos trámites para todos sus clientes de forma gratuita.

Según explicó a este diario Carlos Piñero, director del área jurídica de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) la disposición transitoria que recoge la obligación de presentar de nuevo ciertos datos a la Seguridad Social antes del 31 de octubre afecta a los siguientes autónomos:

  • Autónomos societarios, tanto mercantiles como cooperativistas.
  • Autónomos al frente de una comunidad de bienes o sociedad civil.
  • Trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE).
  • Autónomos colaboradores.
  • Autónomos profesionales que estén colegiados de forma obligatoria.
  • Autónomo principal con colaboradores a su cargo: en este caso, “debe comunicar el nombre, los apellidos y el NIF de estos autónomos colaboradores”, recordó Carlos Piñero.

¿Qué datos deberán comunicar a la Seguridad Social los autónomos afectados?

Dependiendo del tipo de autónomo afectado por la nueva obligación, la Seguridad Social está requiriendo diferentes datos que, “en la mayoría de los casos, ya estaban en poder de la Administración”, según explicó el director del área jurídica de ATA. Estos datos son los siguientes:

  • Autónomos societarios: Razón social y CIF de todas las sociedades de las que se forme parte. Además, “si se es consejero, administrador o se prestan otros servicios para la sociedad, se debe comunicar el porcentaje de participación propio y el de los familiares convivientes. En estos casos, también hay que aportar nombre, apellidos y DNI de los convivientes”, explicó Carlos Piñero.
  • Trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE): los autónomos que trabajen mayoritariamente para un solo cliente, deben comunicar a la Seguridad Social el CIF del éste.
  • Autónomos obligados a estar colegiados: deben indicar el colegio al que pertenecen.
  • Sanitarios de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA): en el caso de los sanitarios que “presten servicios para la empresa privada, además de trabajar a jornada completa para el servicio público, tienen que notificar el CIF del pagador”, explicó el director del área jurídica de ATA.
  • Autónomos con otros autónomos colaboradores a su cargo: deben comunicar el nombre, los apellidos y el NIF de estos autónomos colaboradores.

La nueva obligación es “una verdadera traba y un lastre administrativo” que recaerá en los gestores y graduados sociales

La obligación que ahora tienen miles de autónomos no ha sido bien recibida por el colectivo. “Es una verdadera traba y un lastre administrativo”, valoró, en este sentido, Carlos Piñero a este medio. Todo, “con el agravante de que no lo van a hacer ellos en muchos casos, sino sus respectivos asesores, como los gestores o los graduados sociales”, explicó.

Además, “probablemente lo tendrán que hacer gratis, y se convertirán en responsables de hacerlo bien o mal, teniendo en cuenta que probablemente los autónomos que no comuniquen de nuevo estos datos estarán expuestos a sanciones”, afirmó el director jurídico de ATA.

Así, los gestores administrativos y graduados sociales que no lo han hecho ya, deberán, durante los próximos meses, “comprobar cuáles de sus clientes están dentro de los supuestos” que obligan a comunicar de nuevo sus datos a la Seguridad Social. “Es la comodidad absoluta. Están trasladando una responsabilidad de la Administración al autónomo. Si el sistema ha cambiado, no debe obligar a los autónomos volver a aportar dichos datos porque ya lo ha hecho anteriormente”, afirmó Carlos Piñero.

Seguridad Social estaría obligando a los autónomos a comunicar datos que ya conoce

La nueva obligación de comunicar ciertos datos de los autónomos antes del 31 de octubre es una cuestión que ya lleva tiempo preocupando, precisamente, a los profesionales que actúan en representación de los trabajadores por cuenta propia.

Prueba de ello es una carta que Ricardo Gabaldón, presidente del Consejo de Colegios de Graduados Sociales, remitió en mayo a sus asociados en la que decía que “la creación de nueva base de datos y la obligación para los trabajadores autónomos supone un aumento de la carga de trabajo para nuestro colectivo, ya que esa información no sólo se requiere a las nuevas altas de autónomo o sociedades, sino que los más antiguos también estarán obligados a cumplimentar esta información”, afirmó.

En opinión de Carlos Piñero, se trata de una obligación que “no tiene ningún sentido. Por poner un ejemplo, cuando un autónomo societario se da de alta, ya comunica qué porcentaje del negocio tiene. Y vuelve a decirlo cada vez que presenta el Impuesto de Sociedades a Hacienda, desde donde se comparten datos con la Seguridad Social”, concluyó a este diario el experto.

Fuente: Autónomos y Emprendedores

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