Un código QR remitirá a un comparador de ofertas de la CNMC, se ofrecerán recomendaciones de ahorro y eficiencia energética, así como las reducciones fiscales que se encuentran en vigor
El nuevo recibo de la luz a partir de ahora va a ser algo más complejo y tendrá un importante incremento de información, en algunos casos de carácter técnico y en otros de cierta facilidad de comprensión para el consumidor final, para explicar las medidas llevadas a cabo para hacer frente al incremento de los precios.
En definitiva se trataría de dar mayor transparencia e información al consumidor, aun a costa de introducir algunas aseveraciones de marcado carácter técnico. En resumen, se trataría de medidas tendentes a conocer las reducciones fiscales en vigor, con especial incidencia en el IVA y el impuesto especial a la electricidad, así como información añadida sobre el mecanismo ibérico.
Se aportaría información sobre el consumo medio del mismo código postal, recomendaciones de ahorro y eficiencia energética, siendo otra novedad la publicación de un enlace y un código QR para ir a un comparador de ofertas de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC)
Con efectos del Real Decreto-ley 18/2022 de 18 de octubre, el recibo habitual de la compañía energética deberá contener una serie de nuevas informaciones adicionales para el consumidor a las que ya contiene, según se recoge en la mencionada norma publicada hoy en el Boletín Oficial del estado (BOE).
Según contempla en su disposición adicional cuarta, deberá mostrarse de manera inequívoca en todas las facturas de electricidad al consumidor final que “en virtud del Real Decreto-ley 12/2021, de 24 de junio, el IVA aplicable a su factura se encuentra reducido del 21% al 5%”.
Además otra información relevante que debe aparecer sería que “en virtud del Real Decreto-ley 17/2021, de 14 de septiembre, el impuesto especial sobre la electricidad aplicable a su factura se encuentra reducido del 5,11269632% al 0,5%”.
Las facturas de electricidad de mercado libre en las que se haya optado por incluir un término correspondiente al ajuste relativo al instrumento regulatorio establecido en el Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista, según se recoge en la norma deberá ajustarse a la siguiente redacción: “importe de la energía asociada al mecanismo ibérico regulado por el Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo”.
Pero estas nuevas especificaciones que debe incluir el nuevo recibo no acaba aquí, ya que adicionalmente, las comercializadoras de mercado libre que incluyan en su facturación este término, “deberán incluir, de forma clara e inequívoca, en un apartado independiente dentro de la factura de electricidad: “Las comercializadoras en mercado libre pueden elegir voluntariamente repercutir el importe de la energía asociada a la compensación del mecanismo ibérico regulado por el Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, dentro de sus costes de aprovisionamiento, o bien trasladarlo de forma diferenciada a sus consumidores. En este caso su comercializadora ha optado por esta última opción”.
Las comercializadoras deberán informar también del precio medio del ajuste pagado por la demanda en el último mes natural completo. Pero no acaba aquí, ya que la norma del Gobierno recoge que los recibos incluirán recomendaciones de ahorro y eficiencia energética para los consumidores finales de electricidad.
Fuente: Jesús García/Cinco Días