En concreto, durante el año 2020:
- Para la cotización por contingencias profesionales, el tipo de cotización será el 1,1 por ciento.
- Para el cese de actividad, el tipo de cotización será el 0,8 por ciento.
Respecto de la regularización que proceda hacer de las cuotas correspondientes a los meses de enero a septiembre, señalar que la misma se abordará en las próximas semanas y en su momento se informará del periodo de recaudación en el que se procederá al cargo en cuenta de las complementarias correspondientes.